DOCUMENTO OFICIAL

Normativa General

La normativa protege la calidad del rol y la convivencia de toda la comunidad.

Ilustración de Normativa PolicialVOLUMEN 05 · ALTURA ROLEPLAY
NORMATIVA OFICIAL · DOCUMENTO 05

Normativa Policial

🚔 NORMATIVA L.E.O.

LAW ENFORCEMENT OFFICE – ALTURA ROLEPLAY

La L.E.O. (Law Enforcement Office) es la organización que reúne a todas las agencias de cumplimiento de la ley dentro del estado de San Andreas. Su propósito fundamental es mantener el orden público, garantizar la seguridad de los ciudadanos y hacer cumplir la ley en todo el territorio, actuando siempre con profesionalismo, compromiso y lealtad institucional.

Lema oficial: “Servicio, Compromiso y Sacrificio”.

1. Introducción

La L.E.O. agrupa las principales instituciones policiales de San Andreas y coordina su trabajo en materia de seguridad, investigación e intervención. Su estructura está diseñada para asegurar la disciplina jerárquica, la cooperación interagencial y la integridad de los operativos.

Cada agente, sin importar su rango o división, representa los valores de justicia, respeto y servicio a la comunidad. El incumplimiento de estos principios será motivo de investigación administrativa o disciplinaria.

2. Objetivo y Ámbito de Aplicación

Esta normativa regula el comportamiento, la estructura, los protocolos operativos y las sanciones aplicables dentro de todas las agencias que conforman la L.E.O.

2.1 Agencias Integrantes

  • Los Santos Police Department (LSPD): Encargado de la seguridad en la ciudad de Los Santos y zonas urbanas.
  • Blaine County Sheriff’s Department (BCSD): Responsable del orden público en el Condado de Blaine y áreas rurales.
  • Federal Investigation Bureau (FIB): Atiende investigaciones federales, crimen organizado y delitos de alto impacto.

2.2 Competencias Generales

  • Investigaciones penales, judiciales y antiterroristas.
  • Mantenimiento del orden público y seguridad ciudadana.
  • Coordinación de operativos especiales y estrategias de seguridad interinstitucional.

3. Administración y Gestión

3.1 Rangos y Jerarquía

Cada agencia bajo las L.E.O. posee su propia jerarquía interna, respetando los principios de autoridad, experiencia y mérito. La siguiente lista presenta los rangos oficiales en orden descendente:

3.1.1 Los Santos Police Department (LSPD)
  • Chief of Police
  • Assistant Chief
  • Deputy Chief
  • Commander
  • Captains
  • Lieutenant
  • Watch Commander
  • Sergeants
  • Detectives
  • Police Officer
  • Dispatcher
  • Applicant
3.1.2 Blaine County Sheriff’s Department (BCSD)
  • Sheriff
  • Undersheriff
  • Assistant Sheriff
  • Captain
  • Lieutenant
  • Sergeant
  • Corporal
  • Senior Deputy
  • Deputy
  • Cadet
  • Academy Trainee
3.1.3 Federal Investigation Bureau (FIB)
  • Director
  • Deputy Director
  • Supervisory Special Agent
  • Senior Special Agent
  • Special Agent
  • Field Agent
  • Probationary Agent

3.2 Equipamiento Básico

Todo miembro de las L.E.O. dispondrá de equipamiento policial estandarizado, proporcionado según su rango y división.

3.2.1 Armas y Herramientas
  • Pistola de combate reglamentaria (excepto cadetes fuera de servicio).
  • Taser.
  • Porra.
  • Linterna.
  • Esposas.
  • Radio de servicio.
  • Cargadores adicionales.
  • Armas de mayor calibre solo con autorización de un superior o en niveles de alerta.

4. Normativa Interna y Protocolo Disciplinario

4.1 Conducta y Disciplina

La conducta de todo agente bajo las L.E.O. deberá ser ejemplar y reflejar los valores del servicio público. Cualquier falta ética, moral o profesional será tratada mediante los canales disciplinarios correspondientes.

  • Todo agente debe acatar las órdenes de sus superiores, siempre dentro del marco legal y operativo.
  • Se debe mantener el respeto absoluto entre compañeros y hacia los ciudadanos, sin importar la situación.
  • El uso de vehículos y equipamiento especializado está limitado según el rango y la autorización correspondiente.
  • El abuso de autoridad será causa directa de investigación por Asuntos Internos.
  • Un agente fuera de servicio sigue siendo representante de la L.E.O. y debe actuar conforme a su cargo.
  • El uso de armas se permitirá únicamente en situaciones justificadas y proporcionales.
  • La corrupción será sancionada con expulsión inmediata y CK administrativo.
  • La comunicación en servicio debe realizarse por frecuencias oficiales y con lenguaje profesional.
  • Está prohibido dejar vehículos oficiales abandonados sin coordinación previa.
  • Las intervenciones en puntos calientes requieren aprobación de un superior y un mínimo de 4 unidades operativas.

5. Código Interno

5.1 Normas Específicas de Operación

  1. Se obedecerá a los superiores en todo momento, salvo que la orden contravenga la ley o la normativa interna.
  2. Se utilizará el rango correspondiente al dirigirse a un superior; no se permite trato de confianza en servicio.
  3. El uso de vehículos y armas superiores está restringido a los rangos autorizados.
  4. Las armas deben emplearse únicamente cuando el rol o situación lo justifique; el taser solo en casos necesarios.
  5. Un civil irrespetuoso recibirá dos advertencias antes de ser detenido; si emplea violencia, podrá usarse el taser.
  6. Los agentes deben respetar las normas de tránsito salvo en emergencias o persecuciones activas.
  7. Las puertas de la comisaría permanecerán abiertas salvo en caso de alerta; las internas deberán mantenerse cerradas.
  8. Está prohibido transportar civiles en vehículos oficiales, salvo EMS en emergencias.
  9. Ante amenaza letal, se utilizará el taser a corta distancia y el arma de fuego a larga distancia.
  10. Si un agente es abatido, no podrá regresar a la escena ni participar nuevamente en ese rol.
  11. Fuera de servicio, solo se podrá portar el arma reglamentaria; portar otras armas conllevará sanción severa.
  12. Las detenciones deben incluir la incautación de los medios de comunicación del detenido.
  13. La policía podrá ser despojada de su GPS o radio en escenarios justificados.
  14. Todas las armas sin licencia son ilegales.
  15. Al abandonar las L.E.O., el agente deberá devolver todo su equipo y formalizar su salida.
  16. Está prohibido patrullar puntos calientes sin autorización o sin pertenecer al Detective Bureau.
  17. No se permite permanecer AFK durante el servicio.
  18. Las faltas de respeto entre compañeros o civiles serán sancionadas.
  19. La corrupción implicará CK administrativo inmediato.
  20. Los vehículos oficiales no deben abandonarse sin reportar su ubicación o gestión.
  21. Las unidades encubiertas podrán operar solo bajo órdenes directas y con un máximo de 4 agentes.
  22. Se realizarán inspecciones periódicas de vehículos y propiedades de los agentes.
  23. El patrullaje se realizará en binomio; un agente solo deberá permanecer en comisaría.
  24. Las armas incautadas serán almacenadas en la armería. Podrán usarse únicamente en situaciones extremas y con justificación:
    • Sin acceso a refuerzos inmediatos.
    • El arma de dotación es insuficiente ante la amenaza.
    • Existe riesgo directo para su vida.
    Su uso deberá justificarse en informe e implicará revisión por Asuntos Internos.
  25. Pedir ascensos está prohibido y será sancionado.
  26. No se podrán usar vehículos oficiales para fines personales.
  27. Los cadetes patrullarán solo zonas seguras o permanecerán en comisaría.
  28. El uso de máscaras solo se permite en operaciones especiales.
  29. El abuso del taser o disparos injustificados serán sancionados.
  30. En detenciones conflictivas, el detenido deberá ser trasladado a zona segura.
  31. Todo agente debe portar el uniforme reglamentario, salvo autorización especial.
  32. Está prohibido mantener relaciones sentimentales entre miembros del departamento, ya que generan conflictos de interés, favoritismos o riesgos disciplinarios. Cualquier vínculo de este tipo será sancionado conforme a la normativa interna.
  33. También se prohíbe mantener relaciones sentimentales o vínculos cercanos con individuos pertenecientes a organizaciones criminales o con antecedentes penales graves. De comprobarse, se aplicará investigación y destitución inmediata.
  34. Todo agente con tatuajes deberá declararlos ante la División Forense o Asuntos Internos para verificar que no estén asociados a símbolos criminales o extremistas. Los tatuajes aprobados deberán permanecer cubiertos durante el servicio.

6. Niveles de Alerta

Las L.E.O. cuentan con dos niveles de alerta operativa que determinan el estado de preparación, despliegue táctico y respuesta ante amenazas.

  • Alerta Nivel 1: Se activa ante riesgo moderado (grupos armados, amenazas a la seguridad pública o posibles ataques). Durante este nivel, se refuerzan los puntos estratégicos y aumenta la vigilancia.
  • Alerta Nivel 2: Se declara ante situaciones de alto riesgo (atentados, enfrentamientos masivos, ataques a instalaciones). Todo el personal debe mantenerse activo, priorizando patrullajes coordinados y cierre de zonas sensibles.

7. Procedimientos

7.1 Patrullaje

  • El patrullaje se hará en unidad unión, binomios y trinomios.
  • Se patrullará con calma y respetando las normas de tráfico a una velocidad moderada, respetando los 3 segundos de los semáforos.
  • Si se detecta una situación de peligro, se solicitarán refuerzos.
  • Actuar con coherencia y sentido común en todo momento.

7.2 Atracos – Negociación e Intervención

  • Siempre que sea posible, se priorizará la negociación para evitar víctimas.
  • Se asegurará el estado de salud de los rehenes.
  • Las negociaciones deben estar supervisadas por un mando y autorizadas por este.

7.3 Paradas de Tráfico

  • Se detendrán vehículos por incumplimiento de normas de tránsito usando sirenas y megáfonos.
  • Ignorar la orden de alto se considera huida de la justicia.

7.4 Uso de la Fuerza

  • Justificado ante resistencia al arresto, desacato, alteración, agresión o amenaza.

7.5 Código de Prioridad de Vida

  1. Civiles.
  2. Agentes de policía.
  3. Sospechosos.

7.6 Fianzas y Deudas con el Estado

  • Detenciones > 25 meses: fianzas entre $2,500 y $5,000 (cada +5 meses = +$2,500).
  • Deuda mayor a $60,000 ⟶ prisión federal.

7.7 Despidos o Expulsión

  • Salida de la policía (expulsión o decisión propia): CK policial/administrativo.
  • Antes de ello, entrega obligatoria de armas al Jefe de Policía o a un Administrador disponible.

8. Uso Excepcional de Armas Incautadas

Las armas incautadas tienen destino final la armería policial. Excepcionalmente, un agente podrá usarlas para defensa propia o de terceros cuando no existan medios inmediatos para otra respuesta táctica.

8.1 Condiciones para el Uso

  • Sin refuerzos inmediatos y en situación de aislamiento.
  • El arma reglamentaria es insuficiente ante calibre, alcance o número de atacantes.
  • El arma incautada está operativa y cargada al momento del uso.
  • Amenaza inminente, real y letal contra el agente o terceros.
  • Último recurso para salvaguardar la vida y evitar una masacre.

8.2 Responsabilidad y Consecuencias

  • Notificar por radio al mando antes o después (según riesgo).
  • Informe oficial con circunstancias, arma empleada, resultado y justificación.
  • Revisión automática por Asuntos Internos (evaluación completa del procedimiento).
  • Mal uso ⟶ suspensión, degradación o expulsión.

8.3 Ejemplos Válidos de Uso

  • Emboscada con rifles automáticos cuando el agente solo porta pistola y no hay apoyo inmediato.
  • Persecución y acorralamiento por banda fuertemente armada sin zona segura ni refuerzos.

8.4 Prohibiciones

  • Prohibido usar armas incautadas para intimidar, patrullar, entrenar o presumir.
  • Portarlas fuera de emergencia implica sanción directa.
  • Jamás quedarse con el arma fuera del procedimiento.

9. Protocolo de Actuación ante Robos

La respuesta se ajustará al tipo de delito, número de implicados, armamento y riesgo civil, para una actuación equilibrada y realista.

9.1 Clasificación de Robos y Respuesta Policial

Tipo de robo Atracadores (máx) Armas permitidas Policías (máx) Rehenes mínimos
Tiendas / Establecimientos 2 Arma blanca 4 1
Robo a casa 3 Arma blanca 4 2
Coche de importación 2 Opcional 5
Ammu-Nation 3 Armas de fuego 5 6
Joyería 4 Armas de fuego 8 11
Flecca 3 Armas de calibre alto 7 11
Yate 8 Armas de calibre alto 12
Banco Central 8 Armas de calibre alto No hay máximo 20

9.2 Consideraciones Policiales

  • Respetar máximos por tipo de robo; abuso de fuerza puede ser sancionado por IA.
  • En robos donde los atracadores pueden irse si no llega policía: al menos 1 unidad en 10 minutos o se considerará abandono de procedimiento.
  • Negociaciones dirigidas por rango ≥ Aspirante; priorizar vida de rehenes.
  • En Banco Central o Yate: contención estricta; se permite escudos, francotiradores o SWAT si está disponible.
  • Rehenes deben ser roleados con coherencia (temor, presión, lógica de víctima).

9.3 Uso de Fuerza

  • Armas letales solo ante amenaza directa o inicio de tiroteo por atracadores.
  • Con rehenes: fuerza proporcional, priorizando rescate sobre bajas.
  • Taser prohibido si los sospechosos portan armas de fuego.

9.4 Coordinación y Roles en Escena

  • Unidades externas: perímetro, cierre de rutas y contención.
  • Unidades tácticas (SWAT, DB): solo si hay riesgo mayor o se rompe negociación.
  • Mando en escena: entrada táctica, corte de comunicación y toma de disparo.

10. Uso de Tecnología y Base de Datos Policial

10.1 Sistemas Autorizados

  • Tablet policial (MDC): consultas personales, penales y vehiculares.
  • Sistema de gestión de casos: informes, evidencias, detenciones, pruebas y operaciones.
  • Bodycams: todo agente debe llevar cámara operativa en servicio.
  • GPS policial: despliegue táctico y supervisión de unidades.

10.2 Acceso Legítimo a la Información

Prohibido usar datos personales fuera de contexto legal o rol activo. Consulta válida solo cuando:

  • Hay presunción fundada de culpabilidad o participación en delito.
  • El ciudadano está retenido/intervenido legalmente y se requiere verificación.
  • Existe detención oficial y la consulta es parte del procedimiento.

🚫 Prohibido consultar por curiosidad, entretenimiento, venganza personal o presión externa.

10.3 Sanciones por Uso Indebido

  • Buscar ciudadanos sin justificación ⟶ advertencia formal o suspensión.
  • Usar datos para terceros o compartir información ⟶ expulsión y CK administrativo.
  • Manipular registros o eliminar evidencias ⟶ investigación por Asuntos Internos.
  • Uso de tablet fuera de servicio ⟶ sanción inmediata.

11. División de Asuntos Internos (IA)

11.1 Funciones Principales

  • Investigar denuncias internas y externas contra miembros de L.E.O.
  • Aplicar medidas disciplinarias según pruebas recabadas.
  • Revisar uso indebido de fuerza, corrupción, discriminación, acoso o incumplimiento de protocolos.

11.2 Denuncias y Responsabilidad

Todo oficial puede y debe reportar comportamientos indebidos. Quien denuncia se somete a revisión completa del caso; si incurrió en faltas, será sancionado.

11.3 Sanciones Internas

  • Faltas leves ⟶ advertencias o suspensión temporal.
  • Faltas graves ⟶ degradación, retiro de acceso, CK administrativo o expulsión.

12. Malas Praxis y Consecuencias

Acciones u omisiones negligentes, desproporcionadas, fuera de protocolo o que causen perjuicio a ciudadanos o a la institución.

12.1 ¿Cuándo se Considera Mala Praxis?

  • Uso de fuerza letal sin justificación.
  • Cacheos o detenciones sin rol o causa legal.
  • No leer derechos o no reportar evidencias.
  • Incautar objetos sin registrarlos.
  • Agredir o detener por “rol pobre” sin canal administrativo.
  • Invadir funciones/divisiones sin autorización.

⚠️ Cualquier acción que comprometa el profesionalismo puede constituir mala praxis.

12.2 Sanciones Según Gravedad

  • Leve: amonestación, capacitación obligatoria, observación.
  • Media: suspensión temporal, retiro de armamento o cambio de división.
  • Grave: descenso de rango, CK administrativo.

12.3 Ejemplo

Disparo a sospechoso armado sin advertencia, sin que este haya apuntado primero; sin bodycam ni registro. Se determina ausencia de amenaza real ⟶ uso indebido de fuerza letal y mala praxis.


13. Asistencia a Tiroteo entre Organizaciones Ilegales

La L.E.O. no intervendrá durante un tiroteo activo entre organizaciones criminales.

Al finalizar, los involucrados deben generar /entorno hacia policía. A partir de ahí los agentes podrán:

  • Patrullar búsqueda y persecución de sobrevivientes.
  • Asegurar la zona para ingreso del SAMS.
  • Recolectar pruebas y evidencias.
  • Detener heridos o abatidos con fines investigativos bajo marco legal.

Incumplir este procedimiento conlleva sanciones administrativas.


14. Procedimiento ante Heridos por Armas

El manejo de heridos por arma de fuego/blanca u objetos constitutivos de delito sigue protocolo entre el SAMS y la L.E.O. Prioridad: preservar la vida sin descuidar la obligación legal de informar.

14.1 San Andreas Medical Center (SAMS)

  • Atención inmediata: estabilizar al paciente priorizando la vida.
  • Notificación obligatoria: al LSPD/BCSD con tipo de herida, estado (crítico/estable/fallecido) y datos identificativos si existen.
  • Custodia médica: permanencia en instalaciones; prohibido retiro sin autorización policial cuando haya presunción de delito.
  • Informe médico: preliminar (localización, gravedad, tratamiento inicial) entregado a autoridades.
  • Evidencia médica: proyectiles, ropa, objetos incrustados ⟶ cadena de custodia a fuerzas del orden.

14.2 L.E.O.

  • Recepción del aviso: central despacha unidades al hospital.
  • Actuación en hospital: identificación con personal médico; recabar información básica y estado.
  • Custodia policial: asegurar al paciente para evitar fuga/altercados.
  • Investigación preliminar:
    • Declaración inicial si está consciente y estable.
    • Parte policial con toda la información.
    • Aviso inmediato a DB/Investigations o FIB en casos federales.
  • Cadena de custodia: evidencias recibidas vía acta y derivadas a Forensic u homóloga.
  • Informe final: integrar testimonio médico, evidencias y circunstancias.

Revisión y Actualización: esta normativa se revisará y actualizará conforme necesidades operativas y organizacionales de las L.E.O.

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